domingo, 10 de mayo de 2015

Video de mi exposición


        Este video es el que utilice en mi exposición, en el cual aborde el tema de la legislación sobre los medios electrónicos y me pareció buena idea informar acerca de cómo utilizar de forma correcta y segura el intetnet.


Cuestionario de derecho de la Informática

Cuestionario de Derecho de la Informatica

Desechos Electrónicos

En la actualidad los desechos electrónicos se han agravado debido el constante avance y mejoramiento de la tecnología, haciendo que cada vez más exista mas desechos electrónicos, los cuales están contaminando gravemente el planeta.
 
Falta una actualización de nuestras leyes jurídicas, para sancionar este tipo de conductas, de tal manera que se trate de atenuar que todos los contaminantes terminen nuestros ríos, suelos y aire. De igual manera crear un programa para el reciclaje y reutilización de estos.

     Es importante hacer que las demás personas se interesen por la ecología, y de manera particular  considero que se debe enseñar en todas las escuelas y niveles de la importancia que tiene el no tirar nuestra basura ya sea electrónica o de cualquier tipo, e implementar cursos para el arreglo y reutilización de esos materiales, así nos ayudamos y colaboramos con la limpieza a nuestro planeta.


Tema de exposición Legislación nacional, estatal e internacional sobre el uso de medios electronicos

domingo, 3 de mayo de 2015

LLuvia de ideas

Evidencia 11. El impacto de la tecnología en las relaciones laborales.

Las tecnologías han impactado en todos los ámbitos de nuestra vida, y no es ajeno a ello las relaciones laborales. Uno de los primeros temas que lo pusieron de manifiesto fue el teletrabajo. Pero han ido surgiendo otros aspectos como la protección de datos personales en el ámbito laboral, cuestiones como por ejemplo el manejo de los datos de los postulantes a un empleo, la utilización de las referencias y el impacto de las evaluaciones automatizadas. También vinculado a la privacidad del trabajador no podemos dejar de mencionar la vigilancia electrónica, la utilización del correo electrónico de la empresa y el privado, el uso del chat, de las redes sociales, la hoy muy de moda WhatsApp.

La globalización ha generado un reto para las relaciones laborales, y trajo como consecuencia a finales del siglo pasado la expedita transformación a nivel mundial. Se debe dejar claro que la globalización no es el único componente de esta transformación, hay que añadirle el fenómeno de las nuevas tecnologías, que ha producido un gran potencial de innovaciones en los procesos productivos, gracias a lo cual han aumentado su eficacia y la productividad.
Las nuevas tecnologías han revolucionado el universo laboral en nuestros tiempos. Cada día nace un sinnúmero de actividades, en las que en mayor o menor medida se deben utilizar los apoyos informáticos, que generan situaciones de distintos índoles, como: la economía de los costes; rapidez en la ejecución de las prestaciones; cambio en las costumbres laborales; globalización económica; renovación infinita de infraestructuras y programas, y reconversión de empleos. Los cambios y avances de la tecnología evoluciona tan rápido que resulta difícil mantener actualizada la maquinaria y los sistemas necesarios para la actividad empresarial. Existen casos en que hay que utilizar maquinaria especializada de alto coste y utilización ocasional, que no justifica su adquisición por el empresario, lo cual obliga a remitir la realización de fases de la producción a agentes externos especializados. Aportando de este modo herramientas y tecnología más costosas, en cuanto sean empleados en la pluralidad de empresas clientes. Ello con el propósito de obtener resultados más competitivos, y genera el decrecimiento del importe de los costos salariales, lo cual se efectuaba mediante la contratación temporal. Por eso se realiza una adaptación de plantillas a necesidades, obviando de esta manera los altos costes del despido y la incertidumbre de los expedientes de regulación de empleo.

Evidencia 10. Ventaja de la implementación del voto electrónico

La urna electrónica

A través del sistema del voto electrónico se garantiza el voto secreto, asegura confiabilidad y transparencia del proceso electoral. Este sistema transforma el sistema convencional. 

Votar electrónicamente significa emitir el voto a través de medios electrónicos, como la computadora, urna electrónica, teclado, pantalla entre otros

Actualmente, el derecho electoral de cualquier Estado democrático contempla la celebración de elecciones competitivas mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
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Evidencia 9. Los delitos electrónicos

Concepto de delitos informáticos
Por delito informático, suele entenderse toda aquélla conducta ilícita susceptible de ser sancionada por el derecho penal, consistente en el uso indebido de cualquier medio informático. Organismos internacionales como la OCED, lo define como cualquier conducta, no ética o no autorizada, que involucra el procesamiento automático de datos y/o la transmisión de datos.
 Para Julio Téllez Valdez, los delitos informáticos son aquéllas actitudes contrarias a los intereses de las personas en que se tiene a las computadoras como instrumento o fin o las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tiene a las computadoras como instrumento o fin.

Gabriel Andrés Campoli, los delitos informáticos son aquéllos en los cuales el sujeto activo lesiona un bien jurídico que puede o no estar protegido por la legislación vigente y que puede ser de diverso tipo por medio de la utilización indebida de medios informáticos, agrega que delitos electrónicos o informáticos electrónicos, son una especie del género delitos informáticos, en los cuales el autor produce un daño o intromisión no autorizada en equipos electrónicos ajenos y que a la fecha por regla general no se encuentran legislados, pero que poseen como bien jurídico tutelado en forma específica la integridad de los equipos electrónicos y la intimidad de sus propietarios.

Elementos del tipo penal que se consideran para denominar a un delito “delito electrónico”
En el elemento de la antijuridicidad el objetivo es establecer si la conducta prohibida por la legislación es contraria al orden jurídico en general, y por ello al hecho típico y antijurídico se le denomina “injusto”.
La culpabilidad es la tercera categoría y último escalón de la teoría del delito, consiste en un juicio sobre el autor mediante el cual se determina si se le puede reprochar el haberse comportado de manera contraria a lo que establece el orden jurídico.
            La culpabilidad se conforma de tres elementos: la imputabilidad del sujeto, su conciencia sobre la antijuridicidad de la conducta y la ausencia de causas excluyentes de la culpabilidad.


El artículo 16, párrafo segundo, constitucional, el dictado de la orden de aprehensión será más sencillo, con menos requisitos que los que ahora se exigen, y la motivación de la resolución no será tan rigorista, pues no se exigirá la comprobación de los elementos del tipo penal, sino las pruebas que acrediten el hecho delictuoso y la comisión o participación del indiciado. La reforma constitucional en comento consideramos que concretamente en materia de delitos informáticos causará un gran impacto al hacer más sencillo el establecimiento de los datos necesarios para el libramiento de una orden de aprehensión; sin embargo, estimamos que también es un arma de doble filo, puesto que eventualmente podrán emitirse ordenes de aprehensión sin la certeza jurídica de que exista la totalidad de los elementos necesarios para ello.

Clasificación de los delitos informáticos
Tal parece que el eje central de los delitos informáticos se da en la manipulación de los datos de entrada, programas y salidas de computadoras, así como la falsificación de los sistemas informáticos, y el espionaje de información, esa conjunción de elementos produce en el sujeto pasivo un daño en su patrimonio; por ello estimamos que los ilícitos cometidos a través de Internet en su mayoría causan una afectación al patrimonio de los pasivos. Se clasifican de la siguiente manera: delitos engañosos, delitos patrimoniales, delios de pornografía y delincuencia organizada.
Delitos engañosos:
  • Caballo de Troya;
  • Captura de información confidencial;
  • Bombas lógicas;
  • Filtración de datos;
  • Simulaciones;
  • Trasiego de personas

Delitos patrimoniales
De acuerdo con la información que proporciona Banamex, Citybank, el fraude electrónico causa una gran afectación a los usuarios de la banca, siendo el país de los Estados Unidos el principal blanco de dichos ataques, con un cincuenta y dos por ciento, los ataques informáticos se generan en contra de los clientes y no en contra de la institución crediticia, lo que obedece a los sistemas de protección que gozan las instituciones bancarias, tales ataques se llevan a cabo a través de dos programas que se denominan: Phising y Pharming, el propósito de esos programas es hacerse de los recursos del usuario de la banca, aprovechándose de dos factores básicos que toman en consideración los defraudadores, los cuales son el nivel cultural del usuario y la natural curiosidad del ser humano.

Delitos de pornografía
           El Código Penal Federal en su artículo 201 Bis establece el tipo descriptivo consistente en que al que procure o facilite por cualquier medio el que uno o más menores de dieciocho años, con o sin su consentimiento, lo o los obligue o induzca a realizar actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales, con el objeto y fin de videograbarlos, fotografiarlos o exhibirlos mediante anuncios impresos o electrónicos, con o sin el fin de obtener un lucro, se le impondrán de cinco a diez años de prisión y de mil a dos mil días multa.

Delincuencia organizada

          El legislador estableció que en aquéllos casos de la averiguación previa de alguno de los delitos a que se refiere la ley contra la delincuencia organizada, o durante el proceso respectivo, el Procurador General de la República o el titular de la Unidad Especializada consideren necesaria la intervención de comunicaciones privadas, lo solicitarán por escrito al Juez de Distrito, expresando el objeto y necesidad de la intervención, los indicios que hagan presumir fundadamente que en los delitos investigados participa algún miembro de la delincuencia organizada, así como los hechos, circunstancias, datos, y demás elementos que se pretenda probar.

Los delitos informáticos en el derecho comparado

Debemos precisar que  los delitos informáticos, varían de un país a otro e incluso esto también ocurre de una ciudad a otra dentro del mismo estado en los países compuestos, lo que debe ser materia de estudio, no sólo estudiando la ley, sino todas las fuentes del derecho, dentro de las cuales podemos estudiar más de 25 de las indicadas, por ello, debemos mencionar la realidad social, la cual es muy útil para estudiar otros temas más precisos.
Debemos precisar que  los delitos informáticos, varían de un país a otro e incluso esto también ocurre de una ciudad a otra dentro del mismo estado en los países compuestos, lo que debe ser materia de estudio, no sólo estudiando la ley, sino todas las fuentes del derecho, dentro de las cuales podemos estudiar más de 25 de las indicadas, por ello, debemos mencionar la realidad social, la cual es muy útil para estudiar otros temas más precisos.
La diversidad de delitos que existen no son cometidos exclusivamente en determinadas regiones del país, los delitos informáticos no son la excepción; razón por la cual existen tratados internacionales regulando delitos, uno de los más importantes es la pornografía infantil.
Ciertamente ya hay una conciencia de por medio acerca de la importancia del tema, la realización de estos convenios, son el principio de una legislación apropiada en los países con respecto a los delitos informáticos, en sí, al acceso ilícito a información y/o el uso inadecuado que se le llegue a dar, puesto que evidentemente, la realización de éstos no tiene fronteras; es decir, una persona física puede cometer el delito en un país diferente al de su actual residencia. 
Regulación nacional de los delitos  informáticos
En México los delitos de revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática ya sean que estén protegidos por algún mecanismo de seguridad, se consideren propiedad del Estado o de las instituciones que integran el sistema financiero son hechos sancionables por el Código Penal Federal en el título noveno capítulo I y II.
El artículo 167 fr.VI del Código Penal Federal sanciona con prisión y multa al que intencionalmente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitan señales de audio, de video o de datos.
La reproducción no autorizada de programas informáticos o piratería está regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor en el Título IV, capítulo IV.
También existen leyes locales en el código penal del Distrito Federal y el código penal del estado de Sinaloa.

Evidencia 8. Los contratos electrónicos

Concepto y generalidades de los contratos electrónicos

Contrato es el acuerdo de dos o más voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones. Convenio es el acuerdo de dos o más voluntades para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Cuando el objeto de esos derechos y obligaciones incide en dar, hacer o no hacer algunas de las modalidades de los bienes o servicios informáticos, puede hablarse de contratos o convenios informáticos. Es cierto que se les aplican las reglas generales de los contratos, ya sean civiles o mercantiles, siendo difícil hablar de reglas específicas que deban aplicarse, de manera específica, a esta materia. Julio Téllez Valdez habla de los siguientes acuerdos contractuales: contratos de material o de sistema; compatibilización de equipos y programas; servicios y aprovisionamiento de refacciones; contratos de programa-producto; adquisición de programas; licencia de uso de programas; desarrollo de programas; análisis y tratamiento de datos; contrato de mantenimiento; contrato de asesoría; y contrato de formación y capacitación. A su vez Olivier Hance, en Leyes y negocios en internet, enumera los siguientes contratos:
De proveedor de acceso a internet; de operador de sistema en internet; de suministro de información; de publicación en internet; de renta de espacios en línea y servicios relacionados; de publicidad en línea; de correduría en línea; para la renta de espacio publicitario en línea; de desarrollo de productos multimedia en línea; de encuestas de mercado en línea; de distribución en línea; de desarrollo y mantenimiento de una página Web; de investigación en línea; de cabildeo y mercadotecnia en línea; de participantes en un foro en línea; para acceso a bases de datos en línea; contrato maestro de ventas al menudeo; contrato de comercio electrónico entre profesionales; contrato de certificación de autoridad; y política de uso aceptable.
El Contrato Electrónico se define como “todo contrato celebrado sin la presencia física simultánea de las partes, prestando éstas su consentimiento en origen y en destino por medio de equipos electrónicos de tratamiento y almacenaje de datos, conectados por medio de cable, radio, medios ópticos o cualquier otro medio electromagnético”.
En el Código Civil Federal, se estableció que a través de medios electrónicos se pueden celebrar actos jurídicos, por lo que el consentimiento se puede expresar por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra  tecnología.
En las dos reformas del código de comercio, inspirándose en la ley modelo sobre firmas electrónicas de la comisión de las naciones Unidas para el derecho mercantil internacional, se modifica el título II de una manera sustancial para que en los actos de comercio y en la formación de los mismos puedan emplearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.
El código fiscal de la federación señala en el art. 17-D que cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos deberán ser digitales y contener una firma electrónica avanzada del autor. Las autoridades fiscales, mediante reglas de carácter general, podrán autorizar el uso de otras firmas electrónicas; para ello se deberá contar con un certificado que confirme el vínculo entre un firmante y los datos de creación de una firma electrónica avanzada, expedido por el Servicio de Administración Tributaria.

Clasificación de los contratos electrónicos
Conforme a esta definición, podemos señalar las características básicas del contrato electrónico:
Contratos celebrados a distancia: No hay presencia física simultánea entre las partes contratantes en el momento de suscribir el contrato, son contratos concluidos a través de redes telemáticas: oferta y aceptación por medios electrónicos y no hablaríamos de contrato electrónico, si la oferta no se hace por medio electrónico.
La contratación electrónica, atendiendo a la formación y ejecución del contrato puede ser; ON LINE y OFF LINE.

Naturaleza jurídica del contrato electrónico
Los contratos electrónicos derivan de contratos típicos o atípicos. Conforme al artículo 1858 del Código Civil establece: " los contratos que no esten especialmente regulados se regirán por las reglas generales de los contratos.
 
Identificación de las partes dentro del contrato electrónico
La identidad de las partes que celebran un contrato es fácil de obtenerse, ya que  se identifica con documentos oficiales como puede ser el pasaporte, credencia de electro, en cambio en un contrato electrónico la identificación de las partes no se logra, ya que únicamente la información que se obtiene es el correo electrónico o algún número de clave o nip. 

El comercio electrónico
Es la aplicación de la avanzada tecnología de información para incrementar la eficacia de las relaciones empresariales entre socios comerciales. La disponibilidad de una visión empresarial apoyada por la avanzada tecnología de información para mejorar  la eficacia dentro del proceso comercial. Es el uso de tecnologías computacionales y de comunicaciones que se realiza entre empresas para apoyar el comercio de bienes y servicios.

La firma electrónica avanzada
La firma electrónica  es el conjunto de datos, anexos a otros datos electrónicos o asociados con ellos, que son utilizados como medios para identificar al autor del documento que la recoge, misma que ofrece muchas veces ventajas al usuario del comercio electrónico, permite establecer un canal de comunicación confiable para la realización de transacciones.

La criptografía
Es la ciencia de la seguridad de la información aunque muchas veces ha sido descrita como el arte o la ciencia  de la escritura secreta. Por medio de ella se puede almacenar o transmitir información de una forma tal que permite ser revelada únicamente a aquellos que deben verla. La palabra proviene del griego kryptos, que significa “oculto”.


Evidencia 7. El flujo de datos transfrontera

Concepto de los datos transfrontera
Según el Consejo Económico de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el flujo de datos transfrontera  “es la circulación de datos e información a través de las fronteras nacionales para su procesamiento, almacenamiento y recuperación”.
Conforme a Carlos Correa, la transmisión de datos a través de las fronteras da origen a una nueva  problemática jurídica, con repercusiones en el derecho privado y público.  La convergencia de la informática y las telecomunicaciones aumenta notablemente la facilidad con que pueden entrar y salir los datos de un país, sin posibilidad efectiva de controlarlos.

Concepto y definición de la internet


Podemos definir a Internet como una "red de redes", es una red mundial de telecomunicaciones que conecta una gran cantidad de redes. Una red de computadoras es un conjunto de máquinas que se comunican a través de algún medio (cable, fibra óptica, radiofrecuencia, líneas telefónicas, etc.) con el objeto de compartir información.

El inicio de Internet nos remonta a los años 60. En plena guerra fría, Estados Unidos crea una red exclusivamente militar, con el objetivo de que, en el hipotético caso de un ataque ruso, se pudiera tener acceso a la información militar desde cualquier punto del país. Esta red se creó en 1969 y se llamó ARPANET.
En principio, la red contaba con 4 ordenadores distribuidos entre distintas universidades del país. Dos años después, ya contaba con unos 40 ordenadores conectados. Tanto fue el crecimiento de la red que su sistema de comunicación se quedó obsoleto. 

Concepto de espacio cibernético

Es el lugar por donde viajan los mensajes electrónicos, de tal forma que existe un mundo creado por interconecciones de los servidores y demás computadores, donde cada terminal es parte integral de la aldea global.

Antecedentes del manejo de los datos transfrontera
Los sistemas de información tienen su origen en los grandes censos económicos y sociales de Estados Unidos de Norteamérica y que a principios de los 50 no representan, en un sentido, novedad alguna, pues la verdadera innovación tecnológica consiste en «conectar» las bases de datos de las computadoras personales y se da un cambio en los usuarios de bancos de información.
El flujo de datos transfronterizos  [FDT] es uno de los problemas que más honda preocupación sigue manifestando a nivel internacional, en función de su trascendencia a estratos tan significativos.
En cuanto a los orígenes del problema podemos decir que estos se desprenden de la amalgama surgida entre la informática y las telecomunicaciones, de ahí el vocablo teleinformática o telemática, la cual se comienza a dar forma a partir de la década de los sesenta, un problema sin duda con evidentes antecedentes de índole técnica. 

Clasificación de los flujos de información

Se clasifica en:
·         •      científica y técnica
·         •       económica y social
·         •       educativa y cultural
·         •       comercial y financiera
·         •       administrativa y
·         •       relativos a  seguridad y a la información

Regulación internacional para la transferencia de datos

La utilización ilícita de datos transmitidos al extranjero.
La dificultad para definir el régimen fiscal aplicable y las tarifas a que se sujetara; posible atentado a la soberanía de los Estados.
Las características especiales en materia contractual.
La propiedad intelectual de la información.
Seguridad jurídica de las empresas teleinformáticas

Regulación nacional para la transferencia de datos

La regulación referente a la transferencia de datos a nivel nacional es el siguiente:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Código de comercio.
Ley Orgánica de la Admón. Pública Federal.
Ley de Información Estadística y Geográfica y su reglamento.
La Normativa Financiera y Bursátil.
Ley de Vías de Comunicación.
Ley Federal de Radio y Televisión.
Código Penal para el Distrito Federal.
Acuerdo por la Secretaria de Programación y Presupuestos dictaba las medidas necesarias para coordinar las tareas de información desarrolladas por las dependencias y unidades de la Administración Pública Federal en cuanto que establecía una coordinación normativa y técnica con las Secretaria de Comunicación.




Evidencia 6. Marco jurídico para la protección del software

Concepto de software
El software es la parte intangible de una computadora, esta formado por el equipo lógico , informatico y son los programas ejecutados por un sistema informatico, comprende formas simbólicas y ejecutables para dichos programas, el software esta constituido por una serie de programas que permiten la realización de las ordenes que el usuario emite y ejecuta operaciones aritméticas, vigila el estado de entradas y salidas, el banco de memoria y los ontroladores para dispositivos internos y externos.

Antecedentes del problema sobre la protección del software.
Ente los años 60 y 70 del siglo veinte, el software no era considerado un producto sino un añadido que los vendedores de los grandes computadores de la época, aportaban a sus clientes para que estos pudieran usarlos. En dicha cultura, eran común que los programadores y desarrolladores de software compartieran libremente sus programas unos con otros.
En Estados Unidos de América se publicó en 1964, un estudio de John F.VanZhaf, que planteaba la protección de los programas de ordenador por el derecho de autor.
En Filipinas fue el primer país que modifico su ley de derecho de autor para incluir, en 1972, el programa de ordenador.

Concepto de la protección jurídica del software.
La protección conferida al software o a los programas se extiende también a la documentación preparatoria de los mismos, comprendiéndose en dico concepto la documentación técnica y los manuales de uso de los programas, así como a las versiones sucesivas del programa y a los programas derivados del mismo.
Esta protección conferida por los derechos de autor no obsta a que los programas de ordenador pudieran gozar en el caso de que los mismo formacen parte de una patente o modelo de utilidad en virtud de la legislación sobre propiedad industrial.

Instrumentos de protección del software mediante la vía civil, patental y autoral. 

Como posibles soluciones para evitar la producción ilegal del software, las empresas han intentado proteger los programas utilizando los llamados “virus informáticos, que usan los códigos indescifrables o introducción de instrucciones, y que impiden el copiado de los programas con lo cual se ha llegado hasta el bloqueo o destrucción total de los mismos, todos ellos muy onerosos, a la vez que transitorios, no obstante su relativa eficacia durante su corta existencia ya que al estar fundamentados sobre las bases técnicas, es evidentes que su superación por la misma técnica, por lo que problema queda aún sin solución, por lo que surge la necesidad de volver los ojos  hacia instituciones aparente más resolutoria, como es el caso del derecho. Otras de las formas de protección del software es mediante la vía civil por medio de los contratos y mediante el conjuntos de clausulas introducidas en él y alusivas a la seguridad y protección de los programas consignando el eventual acceso a los mismos por personas no autorizadas, uso inadecuado, modificaciones no pactadas, destrucción de la información etc.

Regulación internacional en materia del software.
Reino Unido, Alemania, Francia y España, países miembros de la comunidad Europea, tienen leyes específicas que dan protección al derecho de autor para programas de computadoras, sin embrago, algunas como Grecia y Portugal no han impuesto rigurosamente sus leyes de derecho de autor.

Regulación nacional en materia del software.
En nuestro país el articulo 28 constitucional establece nuevos cauces normativos en materia autoral y así tenemos que la protección de los programas de cómputo se realiza a través de las normas autorales y no bajo las leyes en materia de prioridad industrial, así como la Ley Federal del Derecho de Autor, contiene un capitulo que regula específicamente la protección de los programas y bases de datos a través de la obtención de un certificado autoral expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDA).

Ley del derecho de autor.
Los programas de computadoras han sido protegidos por el secreto industrial, las cláusulas de confidencialidad en los contratos y la competencia desleal, pero con la creciente competencia empresarial, las mismas empresas de software demandan por una regulación que les asegurara la propiedad y la protección derivada de la misma. En el derecho autoral cuando una persona crea una obra literaria, musical, científica o artística, pasa a ser titular de esa obra y es libre de decidir acerca de su uso, lo que se protegen no son las ideas sino la forma en la que se expresan esas ideas.
Por derecho de autor se entiende la protección jurídica que se otorga al titular del derecho de una obra original del que es autor y comprende dos categorías de derechos: los derechos patrimoniales y morales.

Los documentos electromagnéticos y su valor como prueba ante los tribunales
La prueba es una creación del derecho; su existencia y valor se toman de la realidad extrajurídica como fuentes (documentos, testigos, cosas litigiosas etc.) y, constituidas como medios (actuaciones judiciales como la declaración de un testigo). Ahora bien como medios de prueba entendemos “los elementos de convicción que son aportados por las partes al proceso para acreditar la pretensión en el caso del actor o bien la defensa en el caso del demando, constituyendo por ende un derecho a la vez y es una carga procesal por que las partes tienen que exhibir los medios con que cuenta para acreditar los elementos de su acción o excepción según sea el caso.”
Jurídicamente el derecho a la prueba va unido al derecho fundamental tanto de acción como de la defensa, pues quien dice tener un derecho tiene que probarlo ante un juez mediante procedimiento determinado previamente establecido por la misma ley.

Los medios de prueba
Cuatro son los medios de prueba que utilizan los ordenamientos procesales mexicanos para determinar cuáles son los medios de prueba admisibles en los respectivos procesos:
1.    Los medios de prueba que la ley reconoce como lo hace la Ley Federal de Procedimientos Civiles y en el Código de Comercio:
2.    Algunos medios de prueba admisible y aquellos que permiten que el juzgador admitan cualquier otro medio de prueba diferente de los enunciados.
3.    La admisión de cualquier medio de prueba, pero excluyendo la concesión, de las autoridades;
4.    El sistema se limita a señalar que es admisible cualquier medio de prueba como ocurre en el código Federal de Procedimientos Civiles del DF y el Código de Procedimientos penales del DF.

El documento
El sustantivo (documento) proviene del latín documentum, que deriva a su vez del verbo doceo que quiere decir enseñar, hacer, saber, anunciar, tiene la misma raíz (doc) que sus términos afines doctrina que significa enseñanza, ciencia, y doctor, que significa sabio, hábil, maestro, el que es capaz de transmitir y comunicar lo que sabe.
El documento se compone de los siguientes elementos:
El soporte materia y el contenido.
Cuando utilizamos la palabra documento en derecho estamos significando que el documentum es algo que muestra, que enseña. Puede mostrar un hecho, una estado de cosas, un contenido intelectual o pensamiento, o un contenido intencional o voluntad.

El documento electrónico

Podemos establecer que el documento electrónico es aquel proveniente de un sistema de elaboración electrónica (certificados de antecedentes, tikes emitidos por cajeros automáticos), es decir, es la información procesados por computadoras a través de señales electrónicas, plasmadas en un soporte, aquí se debe distinguir entre el documento electrónico en un sentido estricto, que es aquel que esta “escrito” en forma magnética u óptica y aquel proveniente de un sistema informatizado, o sea que ha sido plasmado en papel o llevado a la pantalla del computador con información proveniente de un documento electrónico en sentido estricto. El documento digital es documento electrónico, pero por no tener la particularidad de encontrarse estructurado mediante un sistema binario de cero y uno(bis)

Evidencia 5. El derecho informático

El derecho de la informática.
El término "Derecho Informático" (Rechtinformatik) fue acuñado por el  Dr. Wilhelm Steinmüller académico  de la Universidad de Regensburg  de Alemania, en los años 1970. Es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática.


El derecho informático como ciencia y como rama autónoma del derecho
 Es una rama del Derecho de reciente nacimiento, que se fundamenta en los problemas surgidos a partir de la implementación de las computadoras en la sociedad.
  • Funciona como instrumento regulador del fenómeno informático en la sociedad.
  • Está íntimamente influenciado por las tecnologías y el desarrollo computacional sostenido
  • Está vinculado al proceso de globalización, por lo que el jurista se encuentra obligado a resolver el problema del juez competente, el mismo que debe conocer y dar solución a determinado caso concreto,  debiendo asimismo, analizar todo aquello que esté relacionado con la ley aplicable a cada situación en particular.
  • Debe ser legislado en leyes especiales, debido a que su objeto de estudio, así como sus formas de regulación son muy dinámicos y específicos.
Es un Derecho autónomo, con instituciones propias que se encarga de brindar soluciones legales a los problemas planteados por el avance científico en el ámbito de su competencia.

Problemas que debe regular el derecho informático

Los problemas que existen en esta materia son los siguientes:
Resultado de imagen para privacidad
La celebración de contratos vía internet.
Los contratos electrónicos.
La regulación para la privacidad y protección a las redes y bases sociales de datos.
Los delitos electrónicos.
La regulación del internet.
El valor de prueba de los documentos electromagnéticos.
La protección jurídica de los programas de cómputo.
El flujo de datos por el internet.
La firma electrónica.
El comercio electrónico.

 La protección jurídica de los datos personales
En nuestra legislación existen diferentes bases de datos, a cargo de diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los Estados y de los Municipios, que integran elementos de información respecto de las personas. La recopilación, integración, uso, modificación y difusión de toda esa información está sujeta a la ley. Sigue una regulación distinta a los archivos y documentos en papel, a pesar de tener, en muchos casos, la misma información y ser igualmente válidos jurídicamente.

Concepto de los datos personales


Dentro del concepto de datos personales comprende la información de cada individuo como filiación, fecha de nacimiento, domicilio,estado civil, entre otro. Estos datos son recopilados en diferentes centros, como son registro censales, médicos, deportivos, culturales, académicos etc.,formando las bases de datos, el problema es que no existe seguridad de que nuestros datos personales están seguros.
La importancia de los datos personales


 La protección de nuestros datos personales es de suma importancia, ya que podríamos ser víctimas de fraudes, robos, extorsiones y demás conductas delictivas por dar a conocer a través del internet, por tal motivo debemos ser cuidadosos con la información que damos a conocer a los demás usuarios.


El derecho a la intimidad

El derecho a la intimidad se construye a partir de la noción de intimidad, privacy, riservatzz o vie privee y se encamina, fundamentalmente, a dotar a las personas de cobertura jurídica frente al peligro que se supone la informatización de sus datos personales.

El derecho a la intimidad incluye la facultad de vedar la recogida y utilización e información personal, así como el control de esta última, cuando se consienta o se realice un mandato legal, entonces no habrá excesiva dificultad de incluir dentro del contenido de tal derecho a la tutela frente al uso de la informática.